La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado, con fecha 1 de marzo, el acuerdo marco para el suministro de energía eléctrica renovable en los edificios y equipamientos municipales para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2020. El acuerdo incorpora criterios de eficiencia energética y recoge la exigencia de que la energía comercializada sea de origen 100% renovable.
El acuerdo marco recoge la exigencia de que la energía comercializada por la empresa sea de origen 100% renovable, en consonancia con los compromisos recogidos en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático, que incluye la incorporación de criterios de sostenibilidad en la contratación municipal.
Para ello, incorpora como medio de acreditación de la solvencia técnica de la empresa aportar la certificación emitida por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) de que la energía comercializada es de origen 100% renovable.
Eficiencia energética
Otras exigencias del contrato se refieren a las medidas de eficiencia energética, entre las que figura la corrección del factor de potencia, las operaciones de ajuste de potencia contratada a la demanda real y la obligación de disponer de una plataforma para la lectura remota de los contadores de alta tensión.
Para la selección del contratista también se tendrán en cuenta las actuaciones dirigidas a la alfabetización energética y mejora de la capacitación profesional de empleados municipales. El propósito es mejorar el conocimiento de la ciudadanía y de la plantilla municipal sobre el suministro de energía y las energías renovables.
Lucha contra la pobreza energética
El lote que da servicio a edificios municipales desde los que se ofrece ayuda a personas consumidoras vulnerables en riesgo de pobreza energética da prioridad a las empresas que muestren compromiso en atención a este colectivo.
Los pliegos del contrato valorarán el asesoramiento a estos ciudadanos (en colaboración con los servicios sociales municipales) para ayudarles con medidas de eficiencia energética en sus viviendas, información sobre planes de pago aplazado, información sobre bono social y sobre optimización de la contratación de energía.
Otras medidas innovadoras son, por ejemplo, la obligación de que el adjudicatario envíe la facturación a través de un servicio web similar al que utiliza la Administración General del Estado; la obligación de disponer de una Oficina Virtual para poder consultar los contratos y facturas, y tener una plataforma para la lectura remota de los contadores de alta tensión.