El Gobierno aprueba medidas adicionales para el suministro energético, y acceso y conexión de renovables, por el COVID-19

Publicación del real decreto en el BOE

El Gobierno amplía en dos meses, desde el fin del estado de alarma, el periodo de vigencia de los permisos de acceso y conexión relativos a la disposición transitoria octava de la Ley del Sector Eléctrico. Así se aprobó en Consejo de Ministros el 31 de marzo, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco).

Publicación del nuevo Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en el Boletín Oficial del Estado.

Con el fin de que los afectados dispongan de tiempo suficiente de adaptación, se amplía este plazo dos meses más desde la finalización del estado de alarma. De acuerdo con la normativa, los promotores de las nuevas plantas de generación renovable debían haber obtenido la preceptiva autorización de explotación de la instalación antes del 31 de marzo.  De lo contrario, los permisos de acceso y conexión que tenían otorgados caducaban.

Por otro lado, mientras se prolongue esta situación de excepcionalidad, el Consejo de Ministros ha aprobado medidas adicionales. También amplía la garantía de suministros energéticos en todos los hogares, y ha establecido nuevas medidas para la protección de autónomos y pymes, que podrán suspender el pago de sus recibos de electricidad durante el estado de alarma.

Prohibición de suspender el suministro de electricidad

El nuevo Real Decreto-ley establece la prohibición de suspender el suministro de electricidad, así como agua, gas natural, gases manufacturados y gases licuados de petróleo (GLP) canalizados a consumidores domésticos en su vivienda habitual.

Según se establece, el tiempo transcurrido durante el estado de alarma no computará a efectos de los plazos de los procedimientos de suspensión de suministro de luz, agua o gas iniciados con anterioridad.

Nuevas medidas para la protección de autónomos y pymes

El Consejo de Ministros también ha establecido nuevas medidas para la protección de autónomos y pymes, que podrán suspender el pago de sus recibos de electricidad, gas natural y otros productos derivados del petróleo mientras dure el estado de alarma. Una vez concluido, estos usuarios regularizarán la cantidad no abonada en las facturas correspondientes a los siguientes seis meses, en partes iguales.

El Ejecutivo también flexibiliza las condiciones de contratación de electricidad y gas para autónomos y empresas, que podrán modificar o suspender temporalmente sus contratos, incluyendo la posibilidad de reducir la potencia y caudales contratados sin coste.

En el caso de los suministros de electricidad, podrán suspender temporalmente o modificar sus contratos de suministro, o las prórrogas de dichos contratos. Entre otras cosas, también pondrán contratar otra oferta alternativa con el comercializador con el que tienen contrato vigente, con el fin de adaptar sus contratos a sus nuevas pautas de consumo, sin que proceda ningún cargo en concepto de penalización.

Bono social eléctrico

Como novedad, el Gobierno extiende la cobertura del bono social eléctrico a trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o que hayan reducido su facturación en un 75% en promedio respecto al semestre anterior como consecuencia de la crisis de COVID-19.

En estos casos, se concederá el bono social si el usuario o su unidad familiar percibe una renta anual total no superior a 18.799 euros -2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)-, si no hay menores en el hogar; a 22.559 euros (3 veces el IPREM), si en la unidad familiar hay un menor; y a 26.318 euros (3,5 veces el IPREM), en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

Estos beneficiarios del bono social serán considerados vulnerables mientras no reanuden su actividad laboral y, en todo caso, por un periodo máximo de seis meses desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado. La condición de vulnerable descuenta de forma directa un 25% en el recibo de la luz.

Toda la información se puede encontrar en la web de ‘Bono social’ y en la página habilitada de ‘Medidas COVID-19’ en la web del Miteco.

 
 
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