La Junta de Extremadura publicó el martes 31 de marzo una instrucción sobre autoconsumo de energía eléctrica, con la que se pretende facilitar a los interesados la identificación de las distintas modalidades de autoconsumo, así como el procedimiento a seguir para poder optar a la compensación de excedentes por la energía producida y no consumida. El Gobierno extremeño también ha publicado una guía sobre autoconsumo eléctrico a través de energía solar fotovoltaica para los usuarios.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, con la publicación de ambos documentos, pretende aclarar las dudas existentes entre los ciudadanos interesados en el autoconsumo energético.
Modalidades de autoconsumo, procedimientos y trámites
La instrucción recoge las modalidades existentes de instalaciones de autoconsumo -sin excedentes o con vertido a la red-, el procedimiento administrativo según la clasificación y la potencia y la documentación que se debe presentar para su puesta en funcionamiento, así como los trámites para su inscripción obligatoria en los registros administrativos correspondientes.
La norma también recoge la figura ambiental que aplica a la tramitación administrativa en cada caso, teniendo en cuenta el tipo de suelo en el que se ubique la instalación. Asimismo, se recuerda que la instalación de placas sobre edificios y construcciones está sometida a comunicación previa al municipio, pero no a licencia urbanística.
Guía para usuarios
Para facilitar al ciudadano la comprensión de las diferentes modalidades y alternativas existentes, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, coordinadora de la Mesa de Autoconsumo, ha elaborado una guía para usuarios sobre autoconsumo eléctrico en Extremadura.
El documento será distribuido a los miembros de la Mesa de Autoconsumo para una mayor difusión a la ciudadanía, y también está disponible en la web de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.