El Estudio sobre el mercado de derechos de emisión de CO2, publicado por el Consejo de Reguladores del Mercado Ibérico de la Electricidad (MIBEL), analiza el mercado de derechos de emisión de CO2 durante las tres fases de funcionamiento del EU Emission Trading System (EU ETS) y su impacto en la formación del precio de la electricidad en el MIBEL.
El Consejo de Reguladores del MIBEL está constituido por la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários (CMVM), la Entidade Reguladora dos Serviços Energéticos (ERSE), la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El estudio se ha realizado con datos del periodo comprendido entre el 1 julio de 2007 y el 30 de septiembre de 2019.
El EU ETS es uno de los pilares de la estrategia de la Unión Europea para combatir el cambio climático, articulándose a través de mecanismos de mercado por los que se atribuye un valor económico a los derechos de emisión de CO2. El EU ETS se ha implementado a través de tres fases: Fase I (2005-2007), Fase II (2008-2012) y Fase III (2013-2020). Actualmente se están llevando a cabo las actuaciones necesarias para preparar la cuarta fase, que cubrirá el periodo comprendido entre 2021 y 2030.
Conclusiones del estudio
La principal conclusión de este estudio es que la utilización de derechos de emisión de CO2 por los productores de energía eléctrica a partir de tecnologías térmicas, aunque sean asignados de forma gratuita, es un coste de oportunidad que integran en el coste marginal asociado a su producción y, por tanto, en el precio de la electricidad.
Esta premisa se ha validado a través de un análisis empírico en el que se estima cómo el precio de los derechos de emisión de CO2 se repercute en el precio de la electricidad a lo largo de las distintas fases de implementación del EU ETS.
El estudio también pone de manifiesto la importancia de atender la demanda de electricidad a través de tecnologías renovables, limpias de emisiones de CO2. El coste asociado a tales emisiones es de hecho un componente del coste en el proceso de formación del precio de la electricidad del MIBEL. Esta conclusión refuerza la importancia de las políticas de descarbonización de Portugal y España.
Con el objetivo de asegurar la integridad y garantizar el funcionamiento eficiente del mercado de derechos de emisión de CO2, tales derechos fueron clasificados como instrumentos financieros. Esto se incluye en el ámbito de aplicación de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID II), y del Reglamento (UE) Nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (MiFIR). Asimismo, es aplicable a los derivados sobre derechos de emisión de CO2 el Reglamento de la Unión Europea Nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012 relativo a los derivados OTC, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (EMIR).