Ivace Energía, instituto dependiente de la Generalitat Valenciana, ha recibido 89 solicitudes para acogerse a las ayudas dirigidas a empresas y entidades de la Comunidad Valenciana para la implantación de instalaciones de autoconsumo eléctrico (51 solicitudes corresponden a empresas, 35 a ayuntamientos, y tres a asociaciones y cooperativas). Asimismo, la entidad ha recibido 18 solicitudes en la nueva línea de ayudas para impulsar las instalaciones de autoconsumo en comunidades energéticas.
En el marco del Plan AutoconsumE +e, el presupuesto de 2020 para las ayudas de autoconsumo eléctrico para empresas y entidades asciende a 3 millones de euros. Son ayudas reembolsables a interés 0% y a devolver hasta 8 años en cuotas semestrales, con un importe del préstamo que podrá llegar a los 300.000 euros.
A estas subvenciones pueden acceder aquellos proyectos que suponen la incorporación de sistemas de autoconsumo eléctrico basados en cualquier fuente energética renovable como la fotovoltaica, eólica o biomasa / biogás, y tienen cabida tanto las instalaciones sin almacenamiento como las que cuentan con sistemas de almacenamiento energético.
Ayudas para comunidades energéticas
En cuanto a la nueva línea de ayudas para impulsar las instalaciones de autoconsumo en comunidades energéticas, Ivace Energía ha recibido un total de 18 solicitudes. Dirigida específicamente a las comunidades locales de energía y dotada con un presupuesto de 550.000 euros, esta línea de ayudas subvencionará hasta un 65% del coste de los proyectos de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo de energía eléctrica.
Ivace Energía subvencionará hasta un 45% del coste de los proyectos, aunque la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas, y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, así como a los ayuntamientos, entidades públicas, y entidades e instituciones sin ánimo de lucro. La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 100.000 euros.
A estas ayudas se ha podido acoger cualquier entidad local en agrupación con cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como empresarios individuales y pymes, que constituyen una comunidad energética renovable. También entidades que se basan en una participación abierta y voluntaria, sean autónomas y estén efectivamente controladas por sus miembros que estén situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables propiedad de la agrupación.
Las actividades de la agrupación deben ser, entre otras, la generación de energía procedente de fuentes renovables, la distribución, el suministro, el consumo, la agregación, el almacenamiento de energía, la prestación de servicios de eficiencia energética, la prestación de servicios de recarga para vehículos eléctricos u otros servicios energéticos.