Hasta el próximo 25 de septiembre se puede participar en la consulta pública, abierta por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), para conocer la visión de los agentes y partes interesadas sobre mecanismos de capacidad en el sistema eléctrico español acordes con el paquete de Energía Limpia de la Unión Europea y adaptados al proceso de transición energética.
La consulta consta de ocho preguntas y los mecanismos de capacidad a los que se refiere se centran en garantizar la seguridad de suministro, a través de una suficiente cobertura de la demanda, ante los cambios que debe experimentar nuestro sistema energético para alcanzar los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.
Para el potencial diseño de estos mecanismos, España parte de las previsiones y objetivos establecidos en el PNIEC, especialmente en lo que respecta a la generación eléctrica renovable y a la capacidad de almacenamiento. Esta planificación prevé la instalación de unos 60 GW de potencia renovable en la próxima década, lo que permitirá que el 74% de la generación eléctrica sea de origen limpio en 2030, unas previsiones que requieren de una serie de tecnologías de producción y de medios de gestión de la respuesta de la demanda y el almacenamiento, entre otras cuestiones.
El Miteco inicia esta consulta previa con el objeto de recabar la visión del sector y agentes implicados sobre la necesidad de implementar mecanismos de capacidad o el tipo de esquema más adecuado, teniendo en cuenta los principios rectores marcados por la normativa comunitaria, entre otras cuestiones.
Las aportaciones podrán remitirse hasta el próximo 25 de septiembre en la dirección de correo electrónico bzn-informes.sgee@miteco.es, indicando en el asunto “Consulta mecanismos de capacidad”.
Mecanismos de capacidad
El Reglamento 2019/943 relativo al Mercado Interior de Electricidad regula los mecanismos de capacidad como instrumentos de último recurso. Tienen por objeto conciliar la seguridad de suministro, eliminando problemas residuales de cobertura, con los cambios que está experimentando el sistema energético en toda la Unión Europea para alcanzar la neutralidad climática y que, entre otras cuestiones, contempla el despliegue de fuentes renovables, los servicios de flexibilidad, las soluciones del lado de la demanda o el almacenamiento.
La normativa comunitaria establece un conjunto de principios rectores relativos a los mecanismos de capacidad que elaboren los Estados miembro: serán temporales, no deberán crear distorsiones innecesarias en el mercado ni limitar el comercio interzonal, no traspasarán su objetivo de hacer frente al problema de cobertura que acometan y se seleccionarán en base a procesos transparentes, no discriminatorios y competitivos.
Los mecanismos de capacidad a los que se refiere la consulta previa lanzada ahora por el Miteco deberían tener una naturaleza y un funcionamiento radicalmente distinto de los del proyecto de Orden por el que se crea la reserva estratégica de Respuesta Rápida para el respaldo de los servicios de ajuste del sistema eléctrico, actualmente en trámite de audiencia hasta el 18 de septiembre, y cuyo objetivo es cubrir situaciones excepcionales de fuertes desvíos generación-consumo en un tiempo de respuesta prácticamente inmediato.