Se abre consulta pública de la orden para el calendario de subastas renovables

Subasta para este año

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) inició el pasado viernes el periodo de información pública de la orden por la que se regula el primer mecanismo de subasta de energía renovable con el nuevo marco retributivo. El texto desarrolla normativamente el Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica.

En el año 2020 se convocarán subastas para la asignación de régimen económico de energías renovables para un mínimo de 3.100 MW.

El texto se somete a audiencia pública para recabar las alegaciones y propuestas de los distintos sectores. El plazo para presentar alegaciones estará abierto desde el martes 10 de noviembre hasta el miércoles 18 de noviembre de 2020. Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-sgernormativa@miteco.es.

Posteriormente se concretará el procedimiento mediante una Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y que detallará las reglas de aplicación en cada subasta y la fecha concreta de la convocatoria.

Calendario de subastas

El texto establece un calendario indicativo para la asignación mediante subastas del régimen económico de energías renovables, indicando los volúmenes mínimos de potencia acumulada para cada tecnología en el periodo 2020-2025.

La orden establece un calendario indicativo para la asignación de subastas, indicando los volúmenes mínimos de potencia acumulada para cada tecnología en el periodo 2020-2025. Fuente: Miteco.

El calendario se actualizará anualmente y estará orientado a la consecución de los objetivos de producción renovable establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.

En el año 2020 se convocarán subastas para la asignación de régimen económico de energías renovables para un mínimo de 3.100 MW, de los que al menos 1.000 MW se destinarán a energía eólica; 1.000 MW a fotovoltaica y 80 MW a biomasa, quedando el resto de potencia a subastar sin restricción tecnológica.

Subastas para instalaciones renovables

La orden permitirá convocar subastas para instalaciones renovables formadas por una o varias tecnologías (hibridación) permitiendo el almacenamiento siempre que éste se destine a gestionar la energía producida por la propia instalación.

El producto a subastar será la potencia instalada y los participantes pujarán ofertando el precio que están dispuestos a cobrar por la energía que genere la instalación. Las subastas podrán incluir varios productos diferenciados dirigidos a distintas tecnologías o conjuntos de tecnologías distinguibles por sus especificidades. Dentro de cada producto podrán establecerse reservas mínimas de producto a adjudicar a una o varias tecnologías.

Con el objetivo de optimizar la integración de renovables en el sistema y maximizar el ahorro para la factura eléctrica, se puede establecer que el precio resultado de la subasta sea corregido con incentivos de participación del adjudicatario en el mercado, introduciendo cierta exposición de las instalaciones al mercado eléctrico.

La orden establece el porcentaje de ajuste de mercado en un 25% para las tecnologías más maduras con capacidad de gestión de su nivel de producción y en un 5% para las que no dispongan de dicha capacidad.

 
 
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