El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021, fecha en la que entrará en vigor la nueva estructura de la factura del consumidor de energía eléctrica.
El objetivo de la orden TED/371/2021, de 19 de abril, es establecer los precios aplicables a los segmentos tarifarios de cargos del sistema eléctrico del 1 de junio al 31 de diciembre de 2021, además de los precios aplicables a los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público, de acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, aprobado el pasado mes de marzo por el Gobierno por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico. Asimismo, se establecen los precios unitarios de aplicación a la financiación de los pagos por capacidad para el año 2021.
Precios aplicables
Los precios aplicables a los distintos segmentos tarifarios de los cargos del sistema eléctrico a aplicar a partir del 1 de junio son los precios de los términos de potencia, los precios de los términos de energía y lo precios aplicables a los segmentos tarifarios 2 VE y 3 VE. Estos últimos se refieren a los puntos de recarga de vehículos eléctricos conectados en baja tensión (segmento tarifario 2 VE) y en alta tensión (segmento tarifario 3 VE).
Los porcentajes que determina la orden ministerial, a aplicar a efectos de la información sobre el destino del coste de los cargos del sistema eléctrico en el contenido de la factura de electricidad, serán del 47,93% para el Recore, del 37,89% para el déficit, del 14,04% para los territorios no peninsulares y del 0,13% para otros conceptos.
Para la determinación de los precios de los cargos, se ha empleado la metodología fijada en el artículo 6 del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, que tiene en cuenta, entre otros aspectos, la energía y potencias contratadas previstas para el año de aplicación, y los coeficientes de energía y de potencia para cada segmento tarifario de cargos.
El citado real decreto entrará en vigor de forma simultánea con la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución aprobados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a partir del 1 de junio de 2021.