El informe sobre la propuesta normativa para el reparto de la energía entre los miembros del autoconsumo colectivo ha sido aprobado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La entidad considera que la propuesta define una forma de reparto sencilla, basada en coeficientes definidos previamente. Aunque no incluye un reparto dinámico en sentido estricto, la CNMC considera que es una solución de compromiso a corto plazo que permite un rápido despliegue de los modelos de autoconsumo.
La CNMC analiza en el informe la propuesta de orden ministerial para la implementación de coeficientes de reparto dinámicos en autoconsumo colectivo, orden por la que se modifica el Anexo I del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia propone que en el plazo de un año se realicen los cambios normativos necesarios que permitan desarrollar las adaptaciones para que estén disponibles los coeficientes dinámicos de reparto ex post, basados en lecturas reales. Asimismo, recomienda flexibilizar la propuesta, permitiendo cambiar los coeficientes de reparto de energía neta producida entre los participantes en el autoconsumo con una periodicidad inferior al año, para facilitar el alta y baja de integrantes del colectivo, y concretar la operativa de cambio de coeficientes de reparto.
Además, la CNMC incide en la importancia de las medidas para la protección de los consumidores, para que sean informados de manera clara y transparente de los beneficios y de los costes y riesgos adicionales que implica participar en sistemas de autoconsumo colectivo.
Coeficientes de reparto
El reparto de la energía neta producida a través de sistemas de autoconsumo colectivo, principalmente placas fotovoltaicas, entre los distintos participantes se basa en unos coeficientes, conocidos como βi (“las betas”). El valor de esos coeficientes se fija mediante un acuerdo suscrito entre los miembros del autoconsumo colectivo.
Estos coeficientes de reparto pueden estar basados en la potencia que tiene contratada cada participante, en la aportación económica realizada o en cualquier otro criterio previamente acordado. Los coeficientes de reparto de la energía producida mediante autoconsumo deben cumplir dos condiciones: que su suma sea igual a uno y que sus valores sean fijos para todas las horas de un periodo de facturación.
La propuesta normativa que analiza la CNMC en su informe permite establecer coeficientes de reparto distintos para cada hora del año (hasta por un periodo de 20 años). Estos serán establecidos con antelación y no podrán modificarse con una periodicidad inferior a un año. Además, también se definen los formatos de texto plano para su comunicación al encargado de la lectura, y fija un plazo de dos meses para la adaptación de los sistemas.