El Consejo Ejecutivo del Gobierno de Cataluña ha aprobado la modificación del Decreto ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables, con el objetivo de introducir mejoras para acelerar la implantación de energía eólica y fotovoltaica en Cataluña, según indican, y sentando las bases de un modelo energético propio distribuido, democrático y participado y con cohesión territorial.
El nuevo texto incorpora diferentes medidas para ordenar y equilibrar la implantación de energías renovables, para minimizar su impacto social y territorial y también para facilitar la práctica del autoconsumo, tanto en el ámbito industrial como en el ámbito de los edificios residenciales plurifamiliares. El Decreto deberá ser convalidado por el Parlamento en el plazo de un mes.
Este Decreto ley es el primer paso de la hoja de ruta del Gobierno para la transición energética en Cataluña a partir de un nuevo modelo energético más limpio, sostenible, justo y democrático, y debe facilitar el cumplimiento de la Ley del Cambio Climático, que fija que en 2030 las energías renovables deben suponer un 50% de la energía eléctrica consumida en Cataluña y sitúa la neutralidad de emisiones en 2050.
En los próximos meses, el Ejecutivo Catalán desplegará otras iniciativas que conforman la nueva hoja de ruta, como la Red de Oficinas Comarcales de Transición Energética, el Plan Territorial Sectorial para la Implantación de las energías renovables, la Ley de transición energética o la creación de la energética pública.
Prioridad para instalaciones inferiores a 5 MW
La modificación del Decreto ley incluye la incorporación de medidas e instrumentos para dar prioridad a instalaciones de energías renovables de pequeño y mediano tamaño y para que todos los proyectos de energía eólica y fotovoltaica se desarrollen con el acuerdo del territorio, de forma que se minimice su impacto territorial y social.
Así, el nuevo Decreto ley prioriza el trámite para las instalaciones que conecten a media tensión o sean inferiores a 5 MW de potencia. También se exigirá a los gestores de la red de distribución que justifiquen la denegación de conexión a la red de hasta 25 kV para estos proyectos.
Plan Territorial Sectorial
En materia de protección y equilibrio territorial, se determina la elaboración de un Plan Territorial Sectorial para la generación eléctrica solar y fotovoltaica y sus elementos de almacenamiento. En tanto se elabora este documento, el nuevo texto explicita la protección ambiental, agrícola y el impacto acumulativo. El nuevo Decreto ley define las figuras de protección ambiental no compatibles con la implantación de parques eólicos, para minimizar su impacto sobre la biodiversidad. Asimismo, el texto da prioridad a la ocupación de las cubiertas de las edificaciones, aumenta la disponibilidad de suelo al añadir los suelos urbanizables, tanto los desarrollados como los no desarrollados, así como los espacios agrarios en desuso, e introduce criterios de protección del suelo agrícola basados en la Ley de Espacios Agrarios,
Con el fin de construir un modelo más cohesionado territorialmente, democrático y participado, se establecen mecanismos para facilitar la participación social en los proyectos de energías eólica y fotovoltaica y garantizar el diálogo con el territorio. En los proyectos de más de 5 MW, será necesario acreditar el acuerdo o el compromiso de disponibilidad del 50% de los terrenos privados sobre los que se proyecta la instalación y que se ha presentado una oferta de participación local, que debe consistir en ofrecer la posibilidad de participar, al menos en un 20% de la propiedad del proyecto o de su financiación, a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, radicadas en el municipio y la comarca en el que se pretende ubicar la instalación.
Por último, se determina que las zonas urbanas que no sean capaces de generar un 50% de la energía que consumen tendrán que compensar las zonas generadoras y se crea la Mesa de diálogo social de las energías renovables para estudiar e identificar las medidas de compensación.
Impulso al autoconsumo
El nuevo texto quiere también impulsar el autoconsumo a partir de energías renovables. Por ello, las instalaciones de autoconsumo sin excedentes no necesitarán autorización administrativa, pudiendo instalarse presentando sólo una declaración responsable.
Asimismo, se reduce la carga documental que requieren las distribuidoras y comercializadoras eléctricas para garantizar la compensación de los excedentes de instalaciones de autoconsumo.
Nuevo modelo energético
La modificación del Decreto ley constituye la primera pieza para acelerar la transición energética en Cataluña y el despliegue del nuevo modelo energético propio. Por este motivo, el cambio llega acompañado de 19 proyectos del entorno de 5 MW que han salido recientemente o cuya resolución será firmada en breve para que salgan a información pública.
Se trata de proyectos situados en comarcas como Alt Penedès, Anoia, Bages, Baix Camp, Cuenca de Barberá, Garrotxa, Selva, Garrigues, Osona, Pallars Jussà, Pla d’Urgell, el Segrià, el Solsonès o el Tarragonès, que representan el modelo que se quiere impulsar con esta modificación del Decreto: instalaciones que conecten a media tensión o sean inferiores a 5 MW, coherentes con un nuevo modelo energético distribuido y democrático.