El Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, fue convalidado la semana pasada por el Pleno del Congreso de los Diputados. Entre otras cuestiones, la normativa contempla medidas relativas al impulso a la tramitación, puesta en servicio y evacuación de la generación renovable, así como a la creación de un nuevo servicio de respuesta activa de la demanda.
En su capítulo II, el real decreto incluye medidas relativas al impulso a la tramitación, puesta en servicio y evacuación de la generación renovable. En concreto, modifica aspectos relacionados con las autorizaciones para la construcción, modificación, ampliación y explotación de instalaciones e inscripciones del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Servicio de respuesta activa de la demanda
La nueva norma contempla el nuevo servicio de respuesta activa de la demanda, para hacer frente a situaciones en las que se produzca un agotamiento de la energía de balance a subir proporcionada por los servicios de balance estándar de activación manual. La iniciativa desarrolla este servicio en el Anexo II, mientras que en el Anexo I del decreto se establecen los niveles admisibles de carga en la red de transporte de energía eléctrica.
El nuevo servicio de respuesta activa de la demanda aumentará la flexibilidad y la seguridad del sistema eléctrico. Como operador del sistema, Red Eléctrica gestiona el nuevo servicio.
La primera subasta de respuesta activa de la demanda se llevó a cabo el pasado 20 de octubre. El sistema eléctrico peninsular contará con un total de 497 MW de potencia de los consumidores y comercializadoras que han acudido a esta primera subasta. Los adjudicatarios se comprometen a reducir su consumo en momentos puntuales en función de las necesidades del sistema para garantizar el equilibrio entre generación y demanda. Los resultados de esta subasta se aplicarán entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023.
Rebaja del IVA en determinados combustibles
Por otro lado, el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, tiene entre sus objetivos la rebaja del IVA desde el 21% hasta el 5% en los suministros del gas natural, pellets, briquetas procedentes de la biomasa y de la madera para leña hasta el 31 de diciembre de 2022. Estas medidas se desarrollan en el capítulo III del decreto que recoge la «reducción del tipo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles».
Además, se establece que las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos podrán renunciar al régimen retributivo específico (RRE) para aplicar el mecanismo ibérico, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista. Esta renuncia, temporal, podrá solicitarse mientras el mecanismo ibérico esté en vigor.