El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que desarrolla el procedimiento y los requisitos para otorgar la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas. Esta norma, dirigida a polígonos industriales, permitirá aumentar la competitividad de las empresas al reducir sus costes energéticos por compartir un mismo punto de acceso al sistema eléctrico.
Según establece la normativa europea, las redes de distribución cerradas son aquellas que suministran energía eléctrica a una zona industrial. Estas permiten agregar pequeños consumidores con distintas tensiones de red como si fueran un único gran consumidor conectado a una mayor tensión.
De acuerdo con el nuevo Real Decreto, podrán conformar una red de distribución cerrada las empresas industriales pertenecientes a la categoría B o C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y aquellas de los grupos D y E que se computen como industriales a efectos estadísticos.
Consumidores no industriales, industriales y comercializadores
En la red podrán participar hasta 100 consumidores no industriales, siempre y cuando tengan relación con las industrias, estén en el interior de la red o sean adyacentes a la misma y no representen más del 2% del consumo eléctrico total.
Los industriales titulares de la red cerrada también tendrán que construirla o compartirla a una compañía distribuidora y serán los responsables de su gestión, de invertir en su mantenimiento y de facturar los peajes, cargos y otros costes a los consumidores conectados a ella, mientras que los comercializadores que vendan electricidad a los miembros de la red cerrada solo facturarán por la energía consumida.