El Consejo de Ministros ha aprobado el inicio de la tramitación legislativa para el restablecimiento de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en España, con la apertura del proceso de audiencia pública del anteproyecto de ley de esta nueva entidad. La CNE tendrá funciones de supervisión y control de los mercados eléctricos y de hidrógeno verde, entre otras, y será una entidad de derecho público dotada de personalidad jurídica propia, autonomía orgánica y funcional, y plena independencia del Gobierno, las Administraciones Públicas y el mercado.
El proceso de transición ecológica exige disponer de un regulador y supervisor especializado, que añada a los objetivos y funciones tradicionales la descarbonización del sistema energético español. En este contexto, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) y del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (Mineco), el Consejo de Ministros ha aprobado esta semana iniciar la audiencia pública del Anteproyecto de ley para el restablecimiento de la Comisión Nacional de la Energía.
Según los plazos previstos en el anteproyecto, la nueva entidad debe haberse constituido y estar plenamente operativa en un plazo de cuatro meses desde la aprobación de la Ley de creación.
Figura del regulador energético
La Comisión Nacional de la Energía asumió las funciones de supervisor energético desde 1995 hasta 2013, año en el que se integró en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con los demás reguladores sectoriales. Ahora, la transición energética hace indispensable reinterpretar la figura del regulador energético para incrementar su especialización y ampliar su ámbito de actuación.
La integración de la descarbonización entre los objetivos de la CNE se puede traducir, por ejemplo, en que a la hora de establecer la metodología de retribución de las redes eléctricas se incluyan incentivos para las distribuidoras que tramiten rápidamente los expedientes de conexión de nuevos puntos de recarga para vehículos eléctricos o nuevos sistemas de autoconsumo, así como penalizaciones para las que mantengan plazos temporalmente dilatados.
Funciones de la Comisión Nacional de la Energía
La Comisión Nacional de la Energía se constituirá como entidad de derecho público de ámbito estatal, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, con funciones de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, con autonomía orgánica y funcional, y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y del mercado. Asimismo, estará sometida al control parlamentario y judicial.
La CNE tendrá funciones de supervisión y control de los mercados eléctricos, de hidrocarburos líquidos, de gas natural, y de hidrógeno verde y otros gases renovables.
Además, ejercerá las funciones de inspección y sanción, así como de arbitraje, información, atención y tramitación de las reclamaciones planteadas por agentes y consumidores; y liquidará los peajes, cargos, precios, cánones y retribuciones reguladas de los sectores a su cargo.
La entidad actuará como órgano consultivo en las materias de su ámbito de actuación; participará en el proceso de elaboración de normas que afecten a sus competencias y podrá participar en los procedimientos de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, relativos a los mercados y sectores productivos cuando afecten de manera directa y principal al ejercicio de sus funciones.
Estructura de la CNE
La CNE estará adscrita al Miteco y ejercerá sus funciones a través de dos figuras principales, el Consejo y el Presidente, que también lo será del Consejo. De ellos dependerán, además de la Secretaría General y la Secretaría del Consejo, tres direcciones de instrucción: la de Electricidad, la de Hidrocarburos y Nuevos combustibles, y la de Inspección.
El Gobierno aprobará mediante Real Decreto el Estatuto Orgánico de la CNE. El Consejo será el órgano colegiado de decisión y estará integrado por siete miembros: el presidente, el vicepresidente y cinco consejeros, que tendrán un mandato de seis años sin posibilidad de reelección.
Además, cabe destacar que el anteproyecto de ley también prevé la creación del Fondo para la Gestión Económico-Financiera de las Liquidaciones del Sector Eléctrico y del Sector del Gas (FGLSEG), para gestionar los ingresos y pagos correspondientes a las liquidaciones de peajes, cargos, cánones, precios y retribuciones reguladas de los sectores eléctrico y gasista, así como las transferencias previstas en los Presupuestos Generales del Estado para estos sectores.