La Comisión Europea ha adoptado el primer código de red de la Unión Europea sobre ciberseguridad para el sector eléctrico. Este acto delegado es un paso importante para mejorar la ciberresiliencia de las infraestructuras y los servicios energéticos críticos de la UE, y apoyará un nivel alto y común de ciberseguridad para los flujos de electricidad transfronterizos en Europa. Las normas entrarán en vigor tras el visto bueno del Consejo Europeo y el Parlamento Europeo.
El código de red de la UE sobre ciberseguridad para el sector eléctrico está previsto en el Reglamento sobre la electricidad (UE) 2019/943 y en el Plan de acción de la UE de 2022 para digitalizar el sistema energético. Tiene como objetivo establecer un proceso recurrente de evaluación de riesgos de ciberseguridad en el sector eléctrico. Estas evaluaciones persiguen identificar sistemáticamente las entidades que realizan procesos digitalizados con un impacto crítico o alto en los flujos de electricidad transfronterizos, sus riesgos de ciberseguridad y después las medidas de mitigación necesarias.
Ciberseguridad y electricidad
Para ello, el nuevo código de red establece un modelo de gobernanza que utiliza y está alineado con los mecanismos existentes establecidos en la legislación horizontal de la UE, en particular la Directiva revisada de seguridad de la información y las redes (NIS2).
De esta forma, las nuevas normas promoverán una base común, respetando al mismo tiempo las prácticas e inversiones existentes tanto como sea posible. Este modelo puede desarrollar, seguir y revisar periódicamente las metodologías de diferentes partes interesadas, teniendo en cuenta los mandatos actuales de diferentes organismos tanto en el sistema regulatorio de ciberseguridad como en el de electricidad.
La adopción de este acto delegado por parte de la Comisión Europea llega tras un amplio proceso de consulta. Ahora, el expediente ha pasado al Consejo Europeo y al Parlamento Europeo para examinar el texto, y las normas entrarán en vigor una vez que finalice el proceso. En concreto, tienen cada uno un plazo de dos meses para presentar objeciones a esta legislación secundaria, que puede ampliarse otros dos meses.