El Congreso convalida el Real Decreto-ley para prorrogar varias medidas en materia energética

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El Pleno del Congreso ha convalidado este martes el Real Decreto-ley por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, y se adoptan medidas urgentes en materia energética, entre otros ámbitos.

La norma mantiene la prohibición de interrumpir el suministro de electricidad a los consumidores vulnerables.

El Real Decreto-ley convalidado consta de cinco títulos, el título III incorpora medidas en materia energética. Una vez convalidado el texto, la Cámara del Congreso ha decidido su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia por unanimidad, por lo que comienza ahora su tramitación parlamentaria.

Suministro de electricidad

Entre otras medidas, se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de electricidad, agua y gas a los consumidores vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre. Y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta julio de 2025. Además, se amplía el plazo de vigencia del programa de apoyo para la movilidad eléctrica Moves III hasta el 31 de diciembre, para que las comunidades autónomas puedan seguir distribuyendo ayudas.

Asimismo, se contempla la prórroga del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva, hasta el 31 de diciembre de 2024.

En cuanto a las disposiciones adicionales, la primera contempla, con carácter excepcional, el destino de un eventual superávit del sector eléctrico en el ejercicio 2023 al ejercicio 2024 y una aportación extraordinaria al sistema de liquidaciones del sistema eléctrico.

También con carácter excepcional, la segunda disposición adicional prevé el destino de un eventual superávit provisional de los extracostes de la producción de energía eléctrica de los territorios no peninsulares con cargo a los Presupuestos Generales del Estado correspondiente a los ejercicios 2020 y 2021; y la tercera completa el régimen de designación de la Entidad Responsable del Sistema de Gestión y Visualización de la información de puntos de recarga eléctricos que se prevé en la Ley del sector eléctrico.

 
 
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