La Comisión Europea publica directrices para aplicar la Directiva revisada de eficiencia energética

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La Comisión Europea ha publicado las últimas recomendaciones y documentos de orientación para apoyar el trabajo de los países de la UE para transponer a la legislación nacional y aplicar en la práctica la Directiva revisada sobre eficiencia energética. Los documentos de orientación publicados esta semana se refieren a cuestiones relacionadas con el consumo de energía y los servicios energéticos.

La Comisión Europea ha publicado los documentos de orientación finales para ayudar a aplicar la Directiva revisada sobre eficiencia energética en los países de la UE.

La nueva Directiva de Eficiencia Energética entró en vigor el 10 de octubre de 2023 y los países de la UE tienen hasta el 11 de octubre de 2025 para transponer los nuevos elementos de la Directiva a su legislación nacional.

El objetivo de los nuevos documentos es facilitar el trabajo de las administraciones nacionales aclarando cómo ve la Comisión Europea los aspectos más complejos de la nueva legislación, y proporcionando un enfoque o modelo común sobre estos nuevos requisitos en la legislación nacional de todos los Estados miembros.

Consumo de energía y servicios energéticos

Los nueve documentos de orientación publicados cubren los siguientes aspectos de la Directiva de Eficiencia Energética en los que se necesitan acciones para acelerar el progreso: Orientación sobre el principio de eficiencia energética (artículo 3); Orientación sobre los objetivos de eficiencia energética y las contribuciones nacionales (artículo 4); Orientaciones sobre el consumo energético en el sector público, la rehabilitación de edificios públicos y la contratación pública (artículos 5, 6 y 7): Orientación sobre la obligación de ahorro energético (artículos 8 a 10); Orientaciones sobre los sistemas de gestión energética y auditorías energéticas (artículo 11); Orientación sobre disposiciones relacionadas con los consumidores (artículos 21, 22 y 24); Orientación sobre el suministro de calefacción y refrigeración (artículo 26); Orientación sobre los servicios energéticos (artículo 29); y Orientación sobre fondos nacionales de eficiencia energética, financiación y apoyo técnico (artículo 30).

Además, de manera adicional, la Comisión Europea ha publicado un informe de contratistas sobre buenas prácticas, que muestra cómo podrían aplicarse las disposiciones nuevas y revisadas.

Cabe recordar que la Directiva revisada sobre eficiencia energética aumenta la ambición del objetivo de eficiencia energética de la UE, haciendo que sea vinculante para los Estados miembros garantizar colectivamente una reducción adicional del 11,7% en el consumo de energía para 2030, en comparación con las proyecciones del escenario de referencia de la UE para 2020. Asimismo, entre otras cuestiones, aumenta la obligación de ahorro energético anual, del 1,3% en 2024/2025 al 1,9% en 2028.

 
 
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