Consulta pública de la CNMC sobre la retribución del operador del sistema eléctrico para 2025

red eléctrica

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene abierto hasta el 18 de noviembre de 2024 el trámite de información pública sobre la propuesta de resolución por la que se establece la cuantía de retribución del operador del sistema eléctrico para 2025 y los precios a repercutir a los agentes para su financiación.

Propuesta de resolución de la CNMC por la que se establece la cuantía de retribución del operador del sistema eléctrico para 2025.

La retribución del operador del sistema eléctrico es establecida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. La propuesta establece la retribución del operador del sistema eléctrico para 2025 en 86.117 miles de euros. Esta resolución será eficaz desde el día 1 de enero de 2025.

Retribución del operador del sistema eléctrico

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, y en la resolución de 15 de diciembre de 2022, de la CNMC, esta retribución está integrada por los siguientes términos: la base de retribución de 77.190 miles de euros, el término de retribución por incentivos de 1.544 miles de euros, y el importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones de 7.383 miles de euros.

Asimismo, se establecen los precios a repercutir a los agentes para la financiación de la retribución del operador del sistema en 2025. Según los establecido en la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, los precios a repercutir a los agentes se componen de una cuota fija y de una cuota variable.

En concreto, se establece que el precio variable de aplicación a los programas de energía asociados al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 a partir del cual se establece la cuota variable en 2025 ascenderá a 0,16853 €/MWh.

El plazo para remitir las observaciones en la consulta pública finaliza el próximo lunes 18 de noviembre. Deberán enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC, indicando como órgano de destino la Secretaría del Consejo y el número de expediente RAP/DE/004/24.

 
 
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