El último Consejo de Ministros de 2024 ha prorrogado varias medidas de protección de los consumidores vulnerables y de la industria electrointensiva. El Ejecutivo ha decidido mantener un año más la prohibición de interrumpir los suministros básicos de luz, agua y gas para los consumidores vulnerables establecida en 2021, por lo que la medida permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Además, se ajusta el regreso a la normalidad en los descuentos del bono social de electricidad, los niveles de descuento excepcional se prolongan hasta el 31 de diciembre, y también se mantienen actuaciones para fomentar la movilidad sostenible, con la prórroga de ayudas del programa Moves III y de la exención fiscal vigente. No obstante, no se ha prorrogado la modulación del IVA en la factura de la electricidad, tras más de tres años y medio en vigor, de tal manera que el año nuevo trae la vuelta del IVA al 21% en la factura de la luz.
A petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), el Consejo de Ministros celebrado el 23 de diciembre de 2024 ha incluido en un Real Decreto-ley la prórroga de varias medidas de protección de los consumidores vulnerables y de la industria electrointensiva. Para las industrias electrointensivas, se mantiene el descuento del 80% de los peajes eléctricos hasta el 31 de diciembre de 2025.
Para la protección de los consumidores vulnerables, se prolonga la situación de excepcionalidad del bono social de electricidad destinado a los consumidores vulnerables y vulnerables severos. Estos descuentos, originalmente fijados en el 25% y el 40%, se incrementaron hasta el 65% y el 80%, respectivamente. Analizada la evolución de la situación en los mercados, el pasado mes de junio se estableció una vuelta a la normalidad progresiva que terminaría en julio de 2025, con unos nuevos y reforzados descuentos: los consumidores vulnerables tendrán una reducción del 35% en lugar del 25% anterior a la crisis, y los vulnerables severos de 50% en vez del 40% previo.
La norma aprobada ahora da mayor margen a este progresivo ajuste, de tal forma que alcanzarán el nuevo nivel de normalidad a partir del 1 de enero de 2026. En concreto, desde el 1 de enero de 2025, los consumidores vulnerables tienen un descuento del 50%; a partir del 1 de julio, será del 42,5%; y el 1 de enero de 2026 se estabilizará en el reforzado 35%. Mientras que los consumidores vulnerables severos tendrán un descuento del 65% a partir del 1 de enero, del 57,5% desde el 1 de julio, y se estabilizará en el reforzado 50% en enero de 2026.
El programa Moves III se prorroga hasta junio
Además, el Gobierno mantiene el apoyo a la movilidad sostenible, con medidas como la extensión de la deducción del 15% en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la hora de comprar un vehículo eléctrico hasta el 31 de diciembre de 2025, así como la ampliación temporal del programa de apoyo a la adquisición de vehículos eléctricos, de pila de combustible y puntos de recarga, el Moves III.
Con una dotación total de 1.550 millones de euros, el programa Moves III se mantiene vigente hasta el próximo 30 de junio, período en el que las comunidades autónomas podrán seguir atendiendo las peticiones de ayuda que reciban.
Y también se mantienen las deducciones al IRPF para las inversiones en eficiencia energética en viviendas hasta diciembre de 2025, así como la libertad de amortización para las inversiones en autoconsumo eléctrico y sustitución de instalaciones térmicas fósiles por renovables en el Impuesto de Sociedades para el ejercicio 2025.
Nuevo gravamen temporal energético
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se crea un nuevo gravamen temporal energético, durante el año 2025, que tendrán que satisfacer determinadas empresas consideradas operadores principales en sectores energéticos.
La principal novedad de la norma es que introduce un incentivo fiscal que se aplicará a las inversiones estratégicas esenciales para la transición ecológica y la descarbonización.
Se introduce una deducción aplicable cuando se realicen inversiones estratégicas esenciales para la transición ecológica y descarbonización, que por su magnitud contribuyan al crecimiento económico y el empleo, ya se realicen en activos fijos o tecnológicos comprometidos en proyectos industriales. Estas inversiones pueden abarcar desde la producción de hidrógeno renovable a transformar residuos en productos que tengan una segunda vida o en gases renovables, como el biogás.