El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica Moves III para el año 2025, y ha acordado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. El programa Moves III contempla como actuaciones subvencionables la adquisición de vehículos eléctricos y la implementación de puntos de recarga. Se establece un presupuesto de 400 millones de euros para estas subvenciones e incentivos.

Tras la aprobación el 1 de abril por el Consejo de Ministros de la prórroga del programa Moves III hasta el 31 de diciembre de 2025, con carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero, el Congreso dio luz verde el 10 de abril al Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa Moves III para el año 2025, que prevé una dotación económica de 400 millones de euros para mantener el apoyo a la compra de vehículos eléctricos y la infraestructura de recarga. Asimismo, se contempla el restablecimiento de la deducción del 15% en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la hora de comprar un vehículo eléctrico o la infraestructura de recarga.
Se prorroga por un año la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga, prevista en la disposición adicional quincuagésima octava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, de forma que se aplique a las adquisiciones, cantidades entregadas a cuenta o instalaciones efectuadas durante el año 2025.
Vehículos eléctricos e infraestructura de recarga
El Real Decreto-ley aprobado prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas incorporen nuevas simplificaciones administrativas en la tramitación. En concreto, se establece que las comunidades y ciudades autónomas, en sus convocatorias, podrán reducir el plazo máximo de justificación. Además, se podrá establecer de manera opcional la entrega de una cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación de la ayuda, en subvenciones inferiores a 100.000 euros.
En relación con la justificación de las actuaciones, el Real Decreto-ley fija como plazo máximo el 31 de diciembre de 2026.
En el actual contexto geopolítico, la norma destaca la necesidad de poder disponer de un marco económico de apoyo para la adquisición de vehículos eléctricos y de recarga que permita seguir avanzando en la consecución de los objetivos previstos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC 2023-2030), que contempla un parque de 5,5 millones de vehículos eléctricos en 2030.